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Iniciativa de reforma · LISRDecisiones Fiscales 2027

Propuesta — no aprobada

Calculadora 01

¿Entrar al RESICO de personas morales?

Compara RESICO de personas morales contra el régimen general a lo largo de varios ejercicios y en valor presente, porque el beneficio del flujo de efectivo es un diferimiento que se revierte.

Horizonte y operación

A un solo ejercicio el beneficio se ve casi del doble: el diferimiento se revierte al cobrar.
Sin inversiones y sin PTU: esas van aparte.
Se aplica por igual a ingresos y deducciones de los ejercicios siguientes.

Flujo de efectivo

Lo no cobrado se acumula al ejercicio siguiente; igual con lo no pagado.

Inversiones

Hasta tres inversiones. Lo adquirido hasta 2026 conserva el porcentaje vigente por el transitorio.

Inversión 1
Inversión 2
Inversión 3

Otros elementos

La PTU va aparte: verifica que no venga ya dentro de tus deducciones de operación.

¿Cómo lleno esto?

Calculando…

Ajusta los valores de la izquierda para ver el resultado.

ISR por ejercicio

La gráfica aparece cuando hay datos suficientes.

Integración de la base por ejercicio

ConceptoRESICO PMRégimen general

Compartir este escenario

El enlace lleva tus valores en el fragmento de la dirección (después del #), que nunca viaja al servidor. Nadie más que quien abra el enlace verá estas cifras.

Cómo se calculó: fundamento y supuestos
  • Qué cambia. El límite de ingresos sube de 35 millones a 50 millones y el régimen se vuelve opcional, con reingreso permitido si se cumple el límite y se está al corriente.
  • Por qué a varios ejercicios. El beneficio de RESICO es diferimiento: lo no cobrado en 2027 se acumula en 2028, y la deducción acelerada del art. 209 agota el bien antes. Medido a un solo año se ve casi del doble de lo que vale.
  • Valor terminal. Al cerrar el horizonte, RESICO arrastra cobros por acumular, pagos por deducir y un saldo de inversión menor. Ese saldo se valúa como el ISR implícito de la posición neta, descontado al ejercicio siguiente. Sin ese ajuste, el diferimiento se vería como condonación.
  • Inversiones. Los porcentajes del art. 209 se duplican. La tabla guarda por separado el porcentaje del Título II, el del art. 209 vigente y el propuesto, porque el emparejamiento es una de las dudas abiertas (V-01).
  • Lo que no se ve en los números.
    • No se aplica el ajuste anual por inflación (ni acumulable ni deducible).
    • Los pagos provisionales se calculan sobre el flujo real del periodo, sin coeficiente de utilidad.
    • Los socios o accionistas deben ser exclusivamente personas físicas.
    • Hay restricciones para quienes son parte relacionada de otra persona moral o participan en el capital de otra sociedad.
    • Se acumula lo efectivamente cobrado y se deduce lo efectivamente pagado: el beneficio es un diferimiento, no una condonación.
    • Es opcional y permite reingreso si se cumple el límite y se está al corriente.
    Confirmación pendiente (V-12).
  • Supuesto de proyección. Ingresos y deducciones crecen al mismo ritmo anual que capturas. Si tu negocio no se comporta así, captura un horizonte corto y repite el ejercicio.
  • Fuente. TaxToday, Cuesta Campos · arts. 206-209 propuestos. Versión 2027.0.1-iniciativa, corte al 2026-09-19.